Una vez ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad profesional, la denuncia se realiza ante la ART, o ante el prestador que la ART designe (Clínica zonal asignada por la ART. Provincia).
¿Cómo debe ser la atención de la ART?
La atención debe ser inmediata
¿Quién debe efectuar la denuncia ante la ART?
El trabajador lesionado, un familiar.
¿Qué pasa si la ART no recibe la denuncia?
Realícela por telegrama o carta documento
¿Que pasa si por alguna disconformidad el trabajador concurre a su Obra Social?
Si se atiende por su Obra Social y el trabajador rechaza la atención brindada por la ART , puede perder las prestaciones de la ART.
¿Si la ART rechaza la denuncia?
Usted o su empleador recibirá una carta documento informando el rechazo. El trabajador ante este rechazo debe presentarse ante la Comisión Médica Local para iniciar el trámite de apelación.
La Documentación que debe presentar es: DNI, recibo de sueldo anterior al accidente, nota de rechazo de la ART e iniciar el trámite por “rechazo de siniestro”.
¿Qué pasa si no está de acuerdo con el alta otorgada por la ART?
Puede solicitar reingreso al tratamiento ante la ART.
Si es rechazado puede apelar ante la Comisión Médica Local e iniciar un trámite por “divergencia en el alta o por alta prematura.
Documentación a presentar: DNI, recibo de sueldo, alta laboral dada por la ART, certificado de un médico que indique que debe continuar en tratamiento y no está en condiciones de trabajar
Si no está en condiciones de trabajar y la ART dio el alta, ¿Cuál es el trámite?
Si no puede concurrir a trabajar se solicitaran otras licencias, de acuerdo al convenio colectivo. En caso de tener un dictamen favorable por la Comisión Medica Local las licencias utilizadas se re-enmarcaran posteriormente dentro de la ley de Riesgos del trabajo y será eliminada de la licencia común.
¿Qué pasa si no está conforme con la Clínica prestadora que le asignaron?
Intente solicitar el cambio ante la ART. Si no fuera posible puede realizar la denuncia por escrito ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, documentando las dificultades que tuvo en su atención.
¿Si no está de acuerdo con el tratamiento otorgado por la ART?
Debe iniciar un trámite ante la Comisión Médica Local con DNI, recibo de sueldo, certificado de un médico que indique patología y tratamiento diferente al que la ART le ofrece. Sino continua con el tratamiento de la ART, no podrá exigir prestaciones médicas ni el otorgamiento de la incapacidad. Es decir queda fuera del sistema de esta Ley. Recuerde que es un sistema cerrado.
¿Qué pasa con el accidente in itinere si se trabaja en dos centros que tienen distinta ART?
Las prestaciones deben ser brindadas por la ART del empleador hacia donde se dirigía el trabajador/a
¿Qué pasa con la licencia si el trabajador tiene un accidente de trabajo en un hospital y trabaja en otro establecimiento (por ejemplo privado) con otra ART?
En el Hospital donde la ART se hace cargo de las prestaciones, la licencia es por accidente de trabajo y en la otra es licencia por enfermedad inculpable, o sea no laboral.
IMPORTANTE
Recordar el trabajador que apele una decisión de la ART deber ser evaluado por un médico, para que a través de un certificado el damnificado se presente ante la Comisión Médica . En los Centros de Salud de Obsba, los médicos pueden realizarlo en concordancia con el Dto. de Salud Laboral de Obsba Central. También un médico personal del trabajador puede realizarlo.
Recordar que ante un dictamen no favorable de cualquiera de las instancias que se hizo referencia queda la posibilidad de apelar ante la Comisión Médica Central., instancia posterior al dictamen de la Comisión Médica Local.
La apelación en esta Comisión debe realizarse dentro de los diez días de notificado el afiliado, si el caso es seguido por los profesionales del Dto. de Salud , es fundamental que envíen toda la documentación médica y administrativa durante el trámite ante la Comisión Médica Local, de modo tal que conociendo el caso se pueda llegar dentro de los tiempos procesales de esta instancia.
Para mejorar y agilizar las respuestas los afiliados pueden acceder a una dirección electrónica para tener acceso a la página WEB de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.(S.R.T.)
En esta página podrán encontrar las listas de las Comisiones Médicas según el domicilio del afiliado, y los formularios de denuncia, los pasos de los trámites, etc. Acceso a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo: www.srt.gov.ar
METODOLOGÍA DE TRABAJO
Para explicar el procedimiento que marca la Ley de Riesgos del Trabajo analizaremos un ejemplo práctico:
Un trabajador tiene, por ejemplo, un accidente de trabajo o una enfermedad profesional aceptada por el listado de enfermedades del trabajo que abarca la Ley , por lo que efectúa su denuncia ante la ART o prestador de la misma.
1-La ART está obligada a brindar atención inmediata, y se toma un tiempo para aceptar o rechazar la misma. El rechazo lo recibe cada trabajador mediante una carta documento.
2-Si la ART acepta la denuncia y las consecuencias del evento dañosos en forma completa , el trabajador recibirá entonces el tratamiento adecuado hasta llegar al alta médica con o sin incapacidad.
En caso contrario si la ART rechaza la denuncia o se presentan otras situaciones como: divergencia en las prestaciones, alta apresurada, silencio de la ART, divergencia en la incapacidad, se ponen en marcha una serie de mecanismos administrativos y prestacionales que en la mayoría de los casos el trabajador desconoce: puede efectuar la denuncia ante la Comisión Médica Local o Jurisdiccional que le corresponda por su domicilio, la cual se expedirá luego de haber efectuado el examen pertinente y realizado los estudios médicos de su consideración.
RELEVAMIENTO DE INFORMACIÓN SOBRE LA ART
Conoce enfermeria la normativa de riesgos del trabajo?
Hubo casos de denuncias por parte de enfermeros/as ante accidentes de trabajo?
Qué casos de enfermedades profesionales se denunciaron?
Hubo casos de incapacidad en enfermería por ART?
Por que causa? Accidentes de trabajo? Enf. Profesional?
Alguna vez hicieron un mapa de riesgos en los hospitales?
Alguna vez la ART Provincia realizó una inspección en los hospitales y Cesacs?
Se denunció Al GCABA situaciones de riesgos de infraestructuras?
Respondió el GCABA con una inspección?
Se mejoraron los riesgos después de la denuncia?
Cómo se procedió para el control preventivo?
Hay riesgo de agua contaminada? Porque?
Hubo casos de enfermedades infecto contagiosas?
Le interesaría tener información sobre enfermedades infectocontagiosas?
Se habla de los problemas de salud en la Enfermería?
Les interesaría obtener más información en este tema?
ALE Consejo Directivo
ASOCIACIÓN GREMIAL Nº 2839 PERSONERÍA JURÍDICA Nº 1713172 Bolívar 547, Piso 2, Dto. 4. C.A.B.A. Tel.: 113623-4383MAIL: alegcaba@gmail.com www.alegcba.com
https://www.argentina.gob.ar/srt
https://www.provinciart.com.ar/articulos/185-como-actuar-en-caso-de-acidente.html
2 Comments
Buenas noches entregué una foto con la carta documento del alta y la foto de la herida en la pierna a un abogado que no conozco estoy desconfiando pasaron dos días y no me contesta
Gracias porque mi duda era si con el correr de los días el abogado cobre plata como pasan tantas cosas uno puede desconfiar cómo no lo conozco solo se el nombre porque me dieron el alta pero me quedaron secuelas de los tres puntos en la pierna y me quedo un poso con falta de carne a quien tendría que llamar para denunciar